Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2014-CA
Fecha: 29-Ene-2014
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Al respecto, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que la acción de inconstitucionalidad concreta: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- Fiscal Departamental de Santa Cruz
- debiendo concluirse en un plazo máximo de ciento ochenta días
- a)
- rechazar
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. R
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- II.4. Análisis del caso concreto
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso