SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.1.
II.1. Por Resolución 09/2012 de 29 de noviembre de 2012, el Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto, declaró, en lo conducente al motivo de este amparo, autora y culpable a Elena Silvestre Vásquez y/o Elena Silvestre Vda. de Paredes -madre de los ahora accionantes- por la comisión del delito de fabricación de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 47 de la Ley 1008, dictándose en su contra sentencia condenatoria de privación de libertad de siete años de presidio. Asimismo, de conformidad con los arts. 365.V del CPP y 71 de la Ley 1008, dispuso la confiscación de los inmuebles ubicados en la zona de Villa Adela, plan 560, manzano 327, numero 6, de El Alto a favor del Estado, por no haberse acreditado en el proceso su adquisición lícita (fs. 1 a 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- declaró improcedente”
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR