SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014

Fecha: 03-Ene-2014

Fragmento 17

         Previamente a ingresar a resolver la presente problemática, debe aclararse que si bien ha existido vacación judicial del 17 de junio de 2013 al 12 de julio del mismo año; sin embargo, se constata que la autoridad jurisdiccional, específicamente el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, siguió cumpliendo sus funciones durante el periodo mencionado, pues cursa el Decreto de 17 de junio de 2013 emitido por la referida autoridad cuando los servidores públicos del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ya se encontraban en vacaciones; situación corroborada por el oficio que se envió de 20 del referido mes y año al director funcional de la investigación; lo que demuestra que efectivamente existía una autoridad que ejercía el control jurisdiccional del proceso durante el periodo de vacaciones.