Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014
Fecha: 03-Ene-2014
Fragmento 16
Con carácter previo a ingresar al análisis de fondo, debe hacerse referencia al demandado Grover Jhon Cori Paz Vocal de la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que si bien no emitió la Resolución que ahora se impugna; sin embargo, en mérito a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, tiene legitimación pasiva para ser demandado por ser actualmente parte de la Sala que emitió el Auto Supremo; sin embargo, no tiene ninguna responsabilidad personal al no haber participado en la elaboración ni firma en la resolución de casación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Sobre la improcedencia del recurso de casación por incumplimiento de requisitos formales y de fondo: Su interpretación desde la Constitución
- III.3.
- III.4.La legitimación pasiva en caso de cambio de autoridades
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.5.Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte