SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014
Fecha: 03-Ene-2014
rechazó
Por Resolución de 17 de junio de 2013, cursante de fs. 22 y vta., el Juez Segundo Administrativo, Tributario y Coactivo del departamento de Santa Cruz, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, presentada por Bernardo Franz Fernández Córdova, con el argumento que no contiene una adecuada fundamentación jurídica constitucional, incumpliendo el requisito exigido por el “art. 24 numeral 4” del Código Procesal Constitucional (CPCo), pues no expresa con claridad las razones o motivos por los que considera inconstitucional el precepto demandado, limitándose a una exposición de los hechos referidos al proceso administrativo sancionatorio, por ello de acuerdo con los razonamientos de la SC 0045/2004 de 4 de mayo, reiterados por el AC 0625/2012-CA de 28 de junio, la presente acción debe ser rechazada.
- Bernardo Franz Fernández Córdova
- I.1. Contenido de la acción
- rechazó
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- ARTICULO 90º (Notificación en Secretaría).
- III.1.
- “II.
- formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- III.2. Inexistencia de fundamentos jurídico constitucionales en la presente acción
- IMPROCEDENTE