Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.1.
II.1. El 16 de mayo de 2007, la UAGRM y la Empresa Constructora Aguarague, suscribieron contratos de obra para diferentes Unidades Académicas signadas bajo código 59/2006 de 6 de noviembre (fs. 23 a 48), 86/2006 de 21 de diciembre (fs. 49 a 73 vta.) y 015/2007 de 16 de mayo (fs. 5 a 20 vta.), contratos que cuentan entre una de sus cláusulas que son contratos administrativos regidos por la Ley de Administración y Control Gubernamental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. El debido proceso y el derecho a obtener una resolución fundamentada y congruente
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte