SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.4.

II.4.La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ante la apelación incidental planteada contra la Resolución 03/2012,  pronunció el Auto de Vista 392/2012 de 29 de noviembre, admitida dicha apelación al haber sido interpuesta dentro del término de ley, declarando improcedentes las cuestiones planteadas, confirmando la Resolución recurrida, expresando que desde el momento de la ejecutoria de la sentencia, hasta el planteamiento de la prescripción de la acción transcurrieron más de los cinco años, que establece el art. 29 inc. 2) del CPP, y que sin embargo la parte imputada dilató el presente proceso interponiendo la excepción de prescripción por lo cual rechaza lo impetrado, siendo que la excepción de prescripción establece que la misma consiste en la imposibilidad de poder promoverla después de haber transcurrido un determinado plazo (fs. 819 a 821 vta.), siendo notificado Fernando Gerardo Anker Arteaga con dicha Resolución el 27 de febrero de 2013 (fs. 822 vta.).