Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0080/2014
Fecha: 03-Ene-2014
II.5.
II.5. Por Resolución AGIT-RJ 0028/2013 de 8 de enero, Julia Susana Ríos Laguna, Directora Ejecutiva General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, ahora demandada, confirmó la Resolución del ARIT-LPZ/RA 0846/2012, dictada dentro del recurso de alzada planteado por el ahora accionante, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa AN-GRLGR-ULELR 018/12, emitida por la Administración Aduanera, de conformidad con el art. 212.I inc. b) del CTB, notificándose personalmente al accionante con dicho fallo, el 16 de enero de 2013 (fs. 326 a 340).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 18
- III.3. De la obligación tributaria aduanera y la responsabilidad de las agencias despachantes de aduana.
- III.4. Análisis del presente caso
- CONFIRMAR