SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0080/2014
Fecha: 03-Ene-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que dentro del proceso de determinación de oficio que siguió la Gerencia Regional de la ANB contra la Agencia Despachante de Aduanas GULARH S.R.L. a la cual representa, se vulneraron los derechos al debido proceso, a la defensa y a ser oído por una autoridad imparcial de su representada, señalando que el Gerente Regional La Paz de la ANB, emitió la Vista de Cargo 004/11, notificando con la misma solo a la Agencia Despachante de Aduana GULARH S.R.L., quien emitió la Resolución Determinativa AN-GRLGR-ULELR 018/12, donde se le nombra responsable del pago de la obligación tributaria aduanera por la importación de los vehículos observados, omitiéndose notificar con dicha Resolución a los 29 importadores, por lo que se aplicó erróneamente el art. 26.II del CTB, al haber confundido el nacimiento de la obligación tributaria con su exigibilidad; no obstante de tratarse de momentos diferentes; aspecto que fue reclamado y que en la fase de impugnación no fue advertida por las autoridades demandadas, consecuentemente las Resoluciones que emitieron carecen de motivación y fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 18
- III.3. De la obligación tributaria aduanera y la responsabilidad de las agencias despachantes de aduana.
- III.4. Análisis del presente caso
- CONFIRMAR