Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2014
Fecha: 10-Ene-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 16 de 27 de mayo de 2013, cursante de fs. 123 a 125 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edwin Gustavo Zeballos Ugalde en representación de la Octava División del Ejército de Bolivia contra Edwin Ramiro Cossio Villarroel, Gerente Administrativo del Círculo de Oficiales del Ejército (COE) filial Santa Cruz de la Sierra y Humberto Cortéz Uzeda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. El amparo constitucional ante las medidas de hecho relacionadas con la ocupación de inmuebles por terceros
- Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- Acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR