SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2014

Fecha: 10-Ene-2014

II.1.

II.1.  El 27 de febrero de 2013, a través del periódico “El Potosí”, el Decano de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Pecuarias con el visto bueno del Vicerrector “Subrogante”, emitió la “Convocatoria a Concurso de Méritos para la provisión de Docentes Extraordinarios en calidad de Interinos para la Carrera de Ingeniería para el Desarrollo Rural por la Gestión Académica 2013”, dirigida a los profesionales que cumplan los requisitos mínimos que en trece numerales desarrolla, advirtiendo que la no presentación de alguno de los requisitos mínimos habilitantes, inhabilitará la postulación. En los incs. d) y e), respectivamente, reza: “Fotocopia legalizada por Secretaría General de la Universidad Autónoma Tomás Frías del Diploma Académico y Título  en Provisión Nacional otorgado por una de las Universidades de la Universidad Boliviana (Art 66 inc c.2 del Reglamento de Régimen Académico Docente  de la Universidad Boliviana)” (sic) y “Fotocopia legalizada por Secretaría General de la Universidad Autónoma Tomás Frías de curso de post grado básico de formación docente dictado por la Universidad Boliviana, diplomado como mínimo (Art 66 inc c.2 del Reglamento de Régimen Académico Docente  de la Universidad Boliviana” (sic) (fs. 2).