Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2014
Fecha: 30-Ene-2014
II.2.
II.2. El 31 de mayo de 2013, la CPS, por memorándum DNRH-M- 160/13 de 31 de mayo de 2013, dispuso el cambio de funciones de la ahora accionante, para ejercer como Médica Evaluadora del Departamento Nacional de Prestaciones en Salud, dependiente de la Dirección Nacional de Salud, asignándole el ítem OFN-136, nivel “10B” (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Sobre la protección constitucional de la mujer en estado de gravidez, traducida en su inamovilidad laboral
- afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo
- Por otra parte, la Ley 975, no garantiza únicamente la inamovilidad de la mujer embarazada en su fuente de trabajo, sino que
- la no afectación en el nivel salarial ni la ubicación en el puesto de trabajo;
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º
- 3º.