AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2014-RCA

Fecha: 08-Oct-2014

1)

La sociedad accionante a través de su representante refirió que, el Tribunal de garantías al disponer la improcedencia de la acción presentada, desconoció el carácter obligatorio y vinculante de las Sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional, entre la cuales se encuentra la SCP 0249/2012 de 29 de mayo, la cual estableció que: 1) Las vías de impugnación administrativa expiran con          la resolución del recurso jerárquico; 2) No corresponde incluir dentro de las impugnaciones el proceso contencioso administrativo; y, 3) Una vez interpuestos los recursos de alzada y jerárquico, resuelto éste último, mediante una resolución o por silencio administrativo, si aún persiste la lesión demandada se abre la posibilidad de interponer la acción de amparo constitucional, sin necesidad de acudir a la instancia judicial precitada.