Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0349/2014-CA
Fecha: 08-Oct-2014
II.4. Análisis del caso concreto
En el presente caso, se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 234 incs. 6), 8) y 10) del CPP introducidos por la Ley 007, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8.II, 22, 23.I y III, 116.I, 117.I, 118.III y 120.I de la CPE, dado que dentro del proceso penal seguido en su contra y que se encuentra en etapa preparatoria, estando pendiente el desarrollo de la audiencia de aplicación de medidas cautelares; a petición del Fiscal a cargo de la investigación, se aplicaran dichas normas, que considera incompatibles con los preceptos constitucionales.
- Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- a)
- 1)
- i)
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- Artículo 133.
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.4.1. Respecto a la denuncia de inconstitucionalidad del art. 234 inc. 10) del CPP
- II.4.2. Respecto a la denuncia de inconstitucionalidad del art. 234 incs. 8) y 6) del CPP
- rechazado
- APROBAR