AUTO CONSTITUCIONAL 0359/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0359/2014-CA

Fecha: 15-Oct-2014

II.1.  Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

         La acción de inconstitucional concreta promovida por María del Carmen Roca Mercado, cursante de fs. 302 a 325, demanda la inconstitucionalidad de los arts. 121.18, 19 y 20 de la LOMP y 64 inc. c), Cuarta Parte del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público; sin embargo, a fs. 316, la accionante señala como inconstitucionales los arts. 121.6, 18, 19 y 20 de la señalada Ley y 64 inc. c) Cuarta Parte del citado Reglamento; y, finalmente, a fs. 323, solicita se promueva la presente acción, impugnando los arts. 121.6, 9 y 19 de la referida Ley y 64 inc. c) Cuarta Parte del mencionado Reglamento; por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 23.I, 14.I, 109.I, 115.II, 116.II, 117.I, 119, 120, 121, 178, 180.I y II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 7.2, 8.1 y 4.9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 11.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.