Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0019/2014-s2
Fecha: 10-Oct-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución de 21 de marzo de 2014, cursante de fs. 13 vta. a 15 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Luis Andrés Ritter Zamora y Edson Rojas Cáceres en representación sin mandato de Cleila Paola Ahumada Justiniano contra Willzon Arébalo Coria, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- celeridad
- III.3. Audiencia para considerar el beneficio de cesación de la detención preventiva
- Lo anterior, constituye una modulación de la subregla establecida en el inc. b) del Fundamento Jurídico III.3 de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, en cuanto al plazo para fijar audiencia, el que queda determinado en según lo señalado supra; vale decir, tres días hábiles
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo