Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2014-S2
Fecha: 27-Oct-2014
III.
El accionante denuncia la vulneración del derecho a la petición, por cuanto la autoridad demandada no dio respuesta oportuna a sus memoriales de solicitud, de alta del Item 9847 TGN, al haber ganado la convocatoria Pública Promoción Institucional Interna de Concurso de méritos de SEDES de 27/13 de 18 de septiembre y designado Responsable de Recursos Humanos a tiempo completo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición'.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo