SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014-S3

Fecha: 20-Oct-2014

Fragmento 15

         Inicialmente si efectuamos un análisis del art. 71 del EFP, encontraremos la diferencia que existe, entre los servidores públicos de carrera y los provisorios o eventuales. Así, los primeros además de ser titulares de los derechos establecidos en el art. 70 I y II. del referido Estatuto, tienen derecho a optar por la carrera administrativa y la consiguiente estabilidad laboral, conforme a los principios de reconocimiento al mérito, capacidad e idoneidad funcionaria, igualdad de oportunidades, eficacia, eficiencia, entre otras [art. 1 incs. d), e); y, f) del EFP]; además a impugnar, en la forma prevista en el Estatuto del Funcionario Público y sus reglamentos, las decisiones administrativas que afecten situaciones relativas a su ingreso, promoción o retiro, o aquellas que deriven de procesos disciplinarios. Derechos y prerrogativas de las que no gozan los servidores públicos provisorios.