Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014-S3
Fecha: 20-Oct-2014
II.3.
II.3. A través del memorándum 010/011 de 3 de enero de 2011, Zarvia Cortez Cuéllar fue designada, Técnica Encargada de FOPOS de la Dirección del PROINSA-SUSA de Beni, al 30 de diciembre del referido año (fs. 16); asimismo, por memorándum 014/012 de 3 de enero de 2012, se la designó como Analista Encargada de FOPOS, al 31 del citado mes y año (fs. 15), posteriormente por memorándum 0039/12 de 1 de febrero de 2012, nuevamente se la designa como Técnico Encargada de FOPOS, al 31 de diciembre de ese año (fs. 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Desarrollo jurisprudencial sobre el derecho a la estabilidad laboral de las servidoras y servidores públicos de carrera y provisorios
- ARTICULO 6°.- (OTRAS PERSONAS QUE PRESTAN SERVICIOS AL ESTADO).
- ARTICULO 71°.- (CONDICIONES DE FUNCIONARIO PROVISORIO).
- Fragmento 15
- III.2. Diferencias sustanciales entre los funcionarios provisorios o eventuales, respecto de los de carrera
- Otra diferencia consiste en que al servidor público de carrera se le deberá especificar la falta por la cual es destituido de su fuente laboral previo el inicio de un proceso administrativo interno, en cambio, a los servidores públicos provisorios, simplemente se les comunicará el cese de sus funciones sin invocar la comisión de ninguna falta por lo que tampoco se les iniciará proceso administrativo interno
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR