SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2014-S2
Fecha: 27-Oct-2014
a)
Solicita se conceda la tutela y dispongan: a) Su reincorporación inmediata a su fuente de trabajo como docente de la Unidad Educativa “Elodia Baldivia de Lijeron”; b) Respuesta pronta y oportuna a los memoriales presentados; y, c) La reparación y resarcimiento de daños y perjuicios más costas procesales.
El abogado de Rodolfo Marca Barrientos ex Director de la Unidad Educativa “Elodia Baldivia de Lijeron”; Gabriel Ángel Llusco Santa Cruz y Jacinta Veizaga Díaz, Presidente y Vicepresidenta de la Junta Escolar de la misma Unidad Educativa, presentaron informe en audiencia, indicando que: a) El Director vio hablando al accionante y a la niña, tomando conocimiento luego de que fue reprendida, al día siguiente cuatro niños señalaron que el profesor utilizaba métodos de violencia contra los alumnos, consistentes en “jalarles de las patillas y golpearles la cabeza con los cuadernos” (sic), actos que ocasiona a los niños traumas internos y provoca llanto, de esa manera es que conoció el hecho, para luego de un mes girar el memorándum de llamada de atención, el cual no fue objeto de impugnación, acto que fue consentido; y, b) A tiempo de elaborar el informe de la gestión 2013, hizo referencia a ese hecho, recomendando que el accionante pase a disposición de la señalada Dirección Distrital, actuado que pudo ser objeto de representación, aclaración o impugnación, pero no fue así, por lo que, ese informe también fue consentido por el accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en tanto que el art. 115.II de la CPE, estatuye: 'El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones'
- …el derecho de toda persona a un proceso justo, oportuno, gratuito, sin dilaciones y equitativo, en el que entre otros aspectos, se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia, en suma, se le dé la posibilidad de defenderse adecuadamente de cualquier tipo de acto emanado del Estado, donde se encuentren en riesgo sus derechos, por cuanto esta garantía no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo'
- de donde se colige que el derecho del debido proceso no se limita al ámbito jurisdiccional solamente, sino que se extiende a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad, entre ellas en el ámbito laboral, donde se debe respetar, entre otros, el derecho a la defensa, a ser sometido a un proceso, a presentar sus pruebas, los cuales no pueden ser evadidos.
- III.3. Con relación a los procedimientos disciplinarios de faltas y sanciones dentro del magisterio, personal docente y administrativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte