SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2014-S3
Fecha: 27-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera lesionados sus derechos al trabajo digno, a la inamovilidad laboral y a la seguridad social, debido a que encontrándose en ejercicio de las labores para las que fue contratada; empero, ante los malos tratos que sufrió por parte de Ninfa Juana Capuma Flores de Fernández, fue cambiada a otra empresa de propiedad también de una de las ahora demandadas, pero al haberse suscitado un incidente en cumplimiento cabal de sus funciones, fue nuevamente agredida verbalmente e incluso casi físicamente por Ninfa Juana Capuma Flores de Fernández, hecho que generó se vea obligada a renunciar al cargo, acudiendo ante la Jefatura Departamental de Trabajo, a efecto de que se repare las lesiones de las que fue objeto; empero, la parte demandada jamás llegó a asistir a las reuniones programadas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La excepción del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, tratándose de mujeres en estado de embarazo
- empero, tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales
- ni mucho menos analizar hechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR