SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1952/2014

Fecha: 08-Oct-2014

III.5.2. Respecto al deber de dejar sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de la comparecencia

Como se tiene expresado, la petición de dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía, no puede ser objeto de tutela constitucional mediante este medio extraordinario de defensa; sin embargo, la amenaza a la restricción del derecho a la libertad, a raíz de un mandamiento de aprehensión, emitido como consecuencia de la indicada declaratoria, si puede ser objeto de análisis de acuerdo a los razonamientos expresados en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo, debido a que la vigencia de la declaratoria de rebeldía llega a ser distinta con la emisión del mandamiento de aprehensión, puesto que mediante esta última puede afectarse el derecho a la libertad del declarado rebelde.