Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0278/2014-RCA
Fecha: 12-Nov-2014
I.
El accionante manifiesta que se rechazó el presente amparo, de manera discrecional, sin existir causa legal y que no se puede declarar la improcedencia de la acción por subsidiariedad, ya que durante la vacación judicial anual de la presente gestión, los plazos quedaron suspendidos, no pudiendo ser éste un motivo de cómputo.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- PROCESO DE EJECUCION COACTIVA CIVIL DEBE DIRIGIRSE CONTRA EL GARANTE HIPOTECARIO Y CONTRA EL DEUDOR
- PEDRO ALFREDO BANEGAS GUTIERREZ, ACEPTANDO TACITA EXPRESAMENTE DICHO REMATE confiesa estos extremos al deducidr INCIDENTE DE NULIDAD DE SUBASTA
- ANULAR obrados únicamente en lo que respecta a la Anotación Preventiva, embargo y remates efectuados sobre el bien inmueble ubicado en la avenida Achachicala N° 70, zona Achachicala de esta ciudad, con la superficie de 750 mts2 e inscrito en DD.RR,
- improcedente
- I.
- Fragmento 8
- II.2. La extemporaneidad como casual de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR