SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACION AL 0032/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACION AL 0032/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra detenido preventivamente, razón por la cual solicitó varias veces audiencia para consideración de cesación a la detención preventiva, las que no se llevaron a cabo por motivos no atribuibles a él. Añade que, la autoridad jurisdiccional además de señalar audiencia con plazos no enmarcados en la ley, hacía conocer a la parte accionante su señalamiento, faltando veinticuatro horas para su verificativo, sin dar lugar a que se practiquen las notificaciones a todos los sujetos procesales.

La Jueza demandada el 19 de febrero de 2014, señaló audiencia para el 13 de marzo de igual año, que nuevamente volvió a suspenderse por cuanto ella se encontraba con baja médica por un resfriado, y así se suspendieron en varias oportunidades las audiencias solicitadas, convirtiéndose en un acto de retardación excesiva de justicia.