SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2014-S1

Fecha: 20-Nov-2014

concedió

El Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de Montero de la provincia Santistevan del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 26 de febrero de 2014, cursante de fs. 77 a 79 vta., concedió la tutela solicitada, solo en relación al derecho de suministro del servicio de energía eléctrica, con los siguientes fundamentos: i) El art. 20 de la CPE, señala que toda persona tiene el derecho universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones, por lo que el servicio de energía eléctrica es un derecho fundamental; ii) El entonces Tribunal Constitucional, a través de su jurisprudencia, sentó el entendimiento en sentido de que, en cuanto al corte de energía eléctrica y el suministro de agua potable al ser servicios esenciales solo pueden ser suspendidos por los proveedores en los casos previsto por la ley; y, iii) Consiguientemente en la presente causa se tiene demostrado que se cortó la energía eléctrica desde 14 de febrero de 2014 y en el acta de verificación por parte de la Notaria de Fe Pública de 19 de febrero del mismo año, se estableció que el departamento donde vive la accionante, hace seis días que no tienen el servicio básico de energía eléctrica, ya que el medidor fue retirado por los funcionarios de la CRE Ltda.; y, iv) La titularidad en el derecho propietario no otorga facultad para cortar el servicio básico, aún en caso de incumplimiento del contrato de alquiler en cuanto al plazo de duración.