SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2014-S1

Fecha: 20-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por otra parte, mediante testimonio 2104/1998 de 17 de julio, las personas que responden a los nombres de Wálter Emilio Ticona Ávila por sí y como apoderado de Pánfilo Roberto Ticona, Germán Ticona Ávila y otros, le vendieron 7000 m2 de terreno, que luego de la apertura del río quedó prácticamente reducido a nada; sin embargo, lo poco que quedaba Martín Ante Zenteno y familia, también ingresaron a avasallar.

Asimismo, le vendieron una fracción de terreno con una extensión de 700 m2, signado con el lote 2, del manzano “Q” de la urbanización “El Pedregal”, mediante escritura pública “2797”, suscrita por Martín Ante Zenteno y otros, el que vendieron también a otras personas; no obstante, a efecto de no tener problemas aceptó una conciliación por la que le dieron un lote únicamente de 300 m2, también inscrito en DD.RR.

Añade que, el plano de ubicación, la información rápida, certificado alodial y tarjeta computarizada, demuestran -según afirma- que es propietario de los bienes inmuebles señalados, que luego de detentarlos por varios años, fueron avasallados por los denominados “sin techo”, y cuando intentó ingresar a su propiedad, fue amenazado, insultado, denigrado, y golpeado por estas personas que están moviendo tierra con tractor y utilizando una volqueta para sacarla.

Con el objeto de frenar las construcciones y detener aquella situación, presentó denuncia a la “Alcaldía de Obrajes”, sin obtener ningún resultado por lo que interpuso querella por estafa, estelionato y asociación delictuosa habiendo sido asignada al caso la Fiscal de Materia, Hilda Mery Gutiérrez Martínez, quien después de una larga investigación presentó imputación formal contra aquellos; no obstante, más tarde optó por el sobreseimiento a favor de los mismos, frente al cual presentó impugnación dentro de término. Agrega que, la citada Fiscal, se olvidó del caso y lo archivó, hasta que vino una nueva Fiscal que solamente debía remitir el cuaderno de investigación al superior en grado que a pesar de sus ruegos y súplicas no lo hizo hasta el presente, generándole indefensión jurídica. Todo quedó como simples denuncias y los avasalladores permanecen construyendo en sus predios a vista y paciencia de las autoridades municipales, Ministerio Público, Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, a quien como controlador jurisdiccional, denunció los hechos sin obtener resguardo a sus derechos conculcados.