SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

II.4.

II.4.  A mérito del memorial que antecede, los Vocales de Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija -ahora autoridades codemandadas−, emitieron el Auto de Vista 53/2013 de 8 de noviembre, por el cual determinaron declarar SIN LUGAR el recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante, consiguientemente confirmó la Resolución impugnada; sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) El apelante -ahora accionante−, el 3 de marzo de 2008, fue condenado a cumplir ocho años de privación de libertad por haber sido encontrado culpable del delito de tráfico de sustancias controladas en el penal de Morros Blancos; 2) El 3 de diciembre de 2010, el accionante fue beneficiado con el extramuro, entre las condiciones impuestas estaban salir a trabajar todos los días y retornar a dormir al penal, la prohibición de cometer otro delito y no relacionarse con personas dedicadas a actividades delincuenciales; 3) El 20 de mayo de 2011, se informó de la detención del accionante por funcionarios de la FELCN, en operativo efectuado en Bermejo, donde fue sometido a medidas cautelares de carácter personal, imponiéndole la detención preventiva; y, 4) Al haber incumplido las condiciones impuestas, la Jueza a quo en audiencia pública, procedió a revocar el beneficio de extramuro que gozaba el ahora accionante, habiendo obrado de manera correcta, toda vez que el condenado incumplió con las condiciones impuestas, correspondiendo en consecuencia la revocatoria del beneficio de extramuro; asimismo, los fundamentos expuestos por el apelante, carecen de consistencia legal para ser considerados y acceder a su petitorio (fs. 28 y vta.).