SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
La sociedad YPFB - Logística S.A., a través de su abogado, en audiencia pública, señaló que: se tiene que obrar en función a lo que se acredite. Aclara que YPFB - Logística S.A., es una entidad que se dedica a la actividad hidrocarburífera, y por tanto no produce leche ni carne. Consiguientemente, la entidad se dedica a explorar, explotar, comercializar, y precisamente en el lugar donde hay controversia se cuenta con una planta de almacenaje y despacho de productos inflamables, que requieren de sistema de seguridad operativa, de manera que no pueden existir viviendas alrededor, y la entidad resguarda ese espacio por seguridad. Por tanto, no se trata de un área abandonada. Por último, pide se tome en cuenta que la acción de amparo constitucional, no ha precluido, porque si bien existe una denuncia penal contra unas diez personas, empero el avasallamiento fue continuo, permanente, teniéndose la carta del 18 de octubre de 2013, con nuevas personas, nuevos actores y 105 nuevos ocupantes del terreno.
A su vez, el Gobierno Municipal de Camiri a través de su abogado, señaló que: el derecho de YPFB - Logística S.A. para formular la acción de amparo, ya precluyó, puesto que el art. 55 del CPCo establece el plazo de seis meses para presentar esa demanda a partir del conocimiento del hecho. En este caso fue el 29 de octubre de 2012 y por consiguiente transcurrió más de un año. Por otro lado, también es evidente que no se observó el principio de subsidiariedad, dado que la parte accionante reconoce que no quisieron continuar con el proceso penal que iniciaron contra los avasalladores. Asimismo, se extraña que YPFB - Logística S.A. no hubiera acreditado su derecho de propiedad, el mismo que no puede demostrarse con simples planos satelitales. Tampoco consta en el expediente ningún plano aprobado por ese Gobierno Municipal de Camiri, por el que se demuestre que esos terrenos son de YPFB - Logística S.A.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Ampliación de la acción de amparo
- Fragmento 4
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR