Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
II.3.
II.3. El 24 de octubre de 2013, el Juez Registrador Provincial de Derechos Reales (DD.RR) de la Oficina de Registro de Camiri, certificó que el inmueble (fundo rústico) ubicado en la localidad de Chorety, con una superficie de 4903,82 m², está registrado a nombre de YPFB - Corporación, de acuerdo a los datos cursantes en la Escritura Pública 809 de 7 de octubre de 1996, aclarándose que dicha inscripción es el resultado de diez fusiones de fundos, haciendo una superficie total de 244.235,21 m² (fs. 5 y 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Ampliación de la acción de amparo
- Fragmento 4
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR