Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
II.1.
II.1. Dentro de la denuncia presentada por Maritza Dury Guacarani de Pérez contra el ahora accionante, se pronunció la Resolución disciplinaria 3/2013 de 25 de febrero, que determinó declararla probada en parte, imponiendo la sanción de amonestación escrita (fs. 38 a 40 vta.); notificándose personalmente al accionante el 26 de febrero de 2013 a horas 10:00 (fs. 41).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- III.2. Análisis del caso concreto
- el computo del plazo para interponer la apelación contra la Sentencia Disciplinaria, comienza a partir de su notificación y concluye el último día hábil del quinto día a la misma hora
- CONFIRMAR