SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014-S2

Fecha: 11-Nov-2014

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 046/2013 de 4 de diciembre, cursante de fs. 255 a 257, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) La acción de amparo constitucional fue presentado el 23 de agosto de 2013, las personas demandadas presentaron el Testimonio 555/2013 de 20 de septiembre, de revocatoria de poder; que habrían otorgado al accionante con anterioridad, evidenciándose que al momento de subsanación de la acción, el accionante no contaba con poder suficiente para la interposición de la presente acción de amparo constitucional; b) El memorial de demanda de acción de amparo constitucional, señala que la Asociación de Copropietarios de la Urbanización Los Pinos “ACULP”; es decir, que quién tendría la legitimación activa y presentó la acción es la referida Asociación, a su vez ésta habría dado poder al accionante; sin embargo, se denuncia la vulneración de derechos del propio apoderado y no propiamente de los miembros de la Asociación; y, c) En la exposición de hechos, el accionante manifiesta que se habría procedido a la elección de un nuevo directorio de forma irregular y arbitraria, al existir un nuevo directorio correspondía que la acción sea también dirigida contra el nuevo directorio y no ser considerados simplemente como terceros interesados.