Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014-S2
Fecha: 11-Nov-2014
II.4.
II.4. Mediante Testimonio 555/2013 de 20 de septiembre, Juan Antonio Peñarrieta Venegas, Elsy Chávez Álvarez, Geovanna Katuchka Zuazo Maure, Silvia Mireylle Camacho Ortiz, Katiuska Alejandra Rodríguez Juárez, Irene Barrera de Farell, José Manuel Aramayo Mejía y Magali Janeth Almanza López, en calidad de directivos de la Asociación de Copropietarios de la Urbanización Los Pinos “ACULP”, revocaron el poder 554/2012, efectuado a favor de José Antonio Campoy Aramayo y David Sotomayor Ortiz (fs. 168 a 169 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Con referencia a los estatutos y reglamentos de la Asociación de Copropietarios de la Urbanización Los Pinos “ACULP”
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR en todo