Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014-S2
Fecha: 11-Nov-2014
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
En el marco de la facultad conferida por el art. 7 del Código Procesal Constitucional (CPCo), se solicitó documentación complementaria; consecuentemente, se suspendió el plazo procesal por Decreto Constitucional de 19 de febrero de 2014 (fs. 262) y que por proveído de 28 de octubre del mismo año, conmino a la citada autoridad (fs. 272), mismo que se reanudó por proveído de 10 de noviembre del mismo año (fs. 275), siendo notificadas las partes el 12 de igual mes y año, por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se pronuncia dentro de plazo legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Con referencia a los estatutos y reglamentos de la Asociación de Copropietarios de la Urbanización Los Pinos “ACULP”
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR en todo