Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0120/2014-S2
Fecha: 11-Nov-2014
II.3.
II.3. El 28 de marzo de 2014, bajo la dirección funcional del representante del Ministerio Público, el Fiscal de Materia procedió a tomar la declaración de Eusebio Chávez Alcón, quien se abstuvo de declarar (fs. 23 vta.); en la misma fecha, la citada autoridad, presentó imputación formal por el delito de complicidad y encubrimiento ante la Jueza de Instrucción Mixta Liquidadora y Cautelar de Corocoro y solicitó la imposición de medidas cautelares (fs. 33 a 35).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.3. Juez Cautelar como encargado del control de la investigación
- III.4. Apelación en la vía incidental como mecanismo idóneo contra las resoluciones que impongan medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo