SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2014-S3

Fecha: 10-Nov-2014

“Otorgó” en parte

La Jueza Cuarta de Partido y de Sentencia Penal y Liquidadora de El Alto del Departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 16/2014 de 7 de mayo, cursante de fs. 28 a 29 vta., “Otorgó” en parte la tutela solicitada en relación al Juez Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz y denegó con relación a la Secretaria Abogada codemandada, con el siguiente fundamento: a) De lo informado, la primera providencia dictada dentro de la solicitud no se encuentra justificada jurídicamente, más aún cuando la jurisprudencia constitucional ordena que este tipo de trámites en el que está de por medio el derecho a la libertad deben realizárselos con celeridad, no pudiendo exceder de los tres días a partir de la presentación de la solicitud; b) Se incurrió en actos dilatorios por parte del Juez demandado, ya que en lugar de programar la audiencia impetrada, ordenó traslados y notificaciones que vienen a ser innecesarios, que provoca lesión al principio de celeridad y al debido proceso; c) Si se considera que la Secretaria Abogada, incumplió con sus funciones establecidas en la Ley del Órgano Judicial, existen otras vías para establecer su responsabilidad; y, d) De lo informado por la Secretaria Abogada demandada, la causa ya se encuentra en conocimiento del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal.