SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2014-s2

Fecha: 17-Nov-2014

1)

Ana Adela Quispe Cuba, Elisa Sánchez Mamani y Javier Medardo Serrano Llanos, Magistrados de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, por informe presentado el 16 de septiembre de 2014, cursante de fs. 903 a 905, manifestaron que: 1) El Tribunal ad quem, no aplicó el parágrafo II del art. 97 del CC; consiguientemente al no haber sido aplicada dicha norma legal, ésta no pudo haber sido violada en el fallo de segunda instancia; 2) Respecto a la desobediencia sobre la prohibición de innovar, el accionante no indicó en cuál de las causales previstas por el art. 253 del CPC, se encuentra su denuncia, no habiendo indicado que norma fue violada, o interpretada erróneamente o aplicada de forma indebida, limitándose a transcribir los argumentos de su apelación; y, 3) El Auto Supremo cuestionado no lesionó ninguno de los derechos invocados por el accionante, en mérito a ello solicitan se deniegue la tutela solicitada por éste.