Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.2.
II.2. A fs. 7, cursa nota de 18 de marzo de 2014, dirigida al Rector de la UAP por la ahora accionante, solicitando fotocopias legalizadas del informe final mas todos sus antecedentes, actuados desde el inicio hasta la conclusión y la designación final que se realizó dentro de la convocatoria para la selección y designación de Coordinadores de Carrera y/o Programas Académicos, en particular de la carrera de Derecho; misma que fue atendida por oficio RECTORADO UAP 106/2014 de 2 de abril, por el que se instruye que se debe acudir con el pedido ante el Vicerrectorado, instancia que es encargada de la documentación “académica administrativa” (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- d) La solicitud no es atendida de manera clara, precisa, completa
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte