SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

denegó

El Juez Primero de Partido Mixto, Niño, Niña y Adolescente de Guayaramerín del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/14 de 13 de mayo de 2014, cursante de fs. 44 a 46, denegó la tutela solicitada; en base al siguiente razonamiento: i) No existe conculcación de derecho alguno, pues si bien es cierto -según consta en el cuadernillo de investigaciones- que el supuesto hecho por el cual se realizó la investigación ocurrió el 3 de marzo de 2014, también lo es que la denuncia se efectuó recién el 10 de mayo del citado año, misma fecha en la que se produjo la aprehensión del accionante; por lo que, la policía actuó en cumplimiento de los arts. 293 y 295 del CPP; y, ii) Según la jurisprudencia constitucional sentada, el accionante antes de acudir a la acción de libertad debe acudir a la autoridad jurisdiccional; lo que en autos ha ocurrido, pues el accionante consiguió se resuelva su situación jurídica logrando se declare probado el incidente de actividad procesal defectuosa formulado; por lo que, este Tribunal no puede pronunciarse sobre algo que una autoridad con jurisdicción y competencia ya se ha pronunciado.