SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2014-S2
Fecha: 24-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La accionante, señala que la funcionaria judicial demandada, vulneró su derecho constitucional a la libertad, toda vez que, habiendo sido modificada su detención preventiva, por la medida sustitutiva de detención domiciliaria, mediante Resoluciones 18/2013 y 19/2013, emitidas por el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, condicionada al cumplimiento de ciertas medidas; dilató la efectivización de la misma, al no haber proporcionado los oficios correspondientes para cumplir las medidas dispuestas; así como también, por haber colocado obstáculos para realizar las diligencias pertinentes, generando de esa manera, actos que vulneraron su derecho a su libertad, toda vez que, dicha efectivización no puede estar sujeta a formalismos o a otros actos innecesarios.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 10
- la responsabilidad o no del personal subalterno
- pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales.
- Fragmento 13
- III.3.