Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 124 (Competencia Legal).-

Artículo 124 (Competencia Legal).- La Ley de Áridos y Agregados Nº 3425 de fecha 20 de junio de 2006 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº0091 de fecha 22 de abril del año 2009, establece que es competencia exclusiva de los Gobiernos Municipales la administración, regulación y manejo de los áridos y agregados, cuyas normas deberán estar enmarcadas en la Ley de Medio Ambiente nº1333 y sus reglamentos.