Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

La compatibilidad con la Constitución de este artículo podría condicionarse a que en una ley municipal pueda establecer la categorización de los tipos de contratos y convenios que precisen de la aprobación del Concejo Municipal, y de aquellos que no.”

Sin embargo, en el caso concreto, el numeral examinado no establece ninguna reserva de ley que prevea que la legislación municipal sea la que posibilite la regulación de la clasificación de aquellos contratos y convenios que deberán necesariamente pasar por aprobación del Concejo Municipal; por lo que correspondía, declarar la incompatibilidad también con éstos fundamentos en el marco de la jurisprudencia emitida por este Tribunal Constitucional Plurinacional.