Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

Las competencias definidas en esta Constitución son:

Si bien la DCP 0086/2014, declara la incompatibilidad de este artículo; sin embargo, el mismo obvió referirse al uso inadecuado de la frase “son facultades concurrentes”; puesto que, conforme establece la Ley Fundamental en su art. 297.I, señala: “Las competencias definidas en esta Constitución son: