Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la DCP 0086/2014 de 19 de diciembre, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

Fecha: 19-Dic-2014

así como los procedimientos para el ejercicio competencial de los órganos que conforman el  gobierno autónomo

En ese sentido, se considera que se hizo un inadecuado uso de la jurisprudencia señalada en este artículo en razón a que la DCP 0021/2014 de 12 de mayo, señala que: “Por su parte, las cartas orgánicas, como normas institucionales básicas, regulan aspectos distintos a los mencionados, dado que definen derechos y deberes de los ciudadanos que habitan en la respectiva unidad territorial; establece las institucionales políticas, sus competencias y las fuentes y formas de financiamiento de estas; así como los procedimientos para el ejercicio competencial de los órganos que conforman el  gobierno autónomo y su relación con el nivel central del Estado” (las negrillas nos pertenecen).