Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega la vulneración de sus derechos a la libertad y a la vida, por cuanto los demandados a través de medidas de hecho procedieron a tomar las instalaciones del edificio central del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, encontrándose como rehenes el Alcalde y los servidores públicos, pese a que este hecho fue puesto a conocimiento de la Fiscalía y del Defensor del Pueblo, persisten en su actitud vandálica manteniéndolos encerrados en aquellas instalaciones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- a)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Procedencia de la acción de libertad contra particulares y la inaplicabilidad del principio de subsidiariedad ante la concurrencia de medidas de hecho
- los particulares tienen el deber de respetar los derechos de terceros y, en consecuencia, de abstenerse de realizar acciones que obstaculicen el ejercicio de los mismos
- no es aplicable el principio de subsidiariedad cuando concurren medidas de hecho
- frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión
- con el propósito fundamental de evitar que, en lo sucesivo, se reiteren ese tipo de conductas por ser reñidas con el orden constitucional;
- III.4. Análisis del caso concreto
- acciones
- CONFIRMAR