Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2014-S1
Fecha: 19-Dic-2014
II.2.
II.2. Contra el Auto de 8 de noviembre de 2013, el accionante interpuso apelación (fs. 45 a 48 vta.), que a través del decreto de 22 de noviembre de ese año, al encontrarse respondida la misma por el Ministerio Público como por la parte acusadora particular, se ordenó que las actuaciones procesales sean remitidas a la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí (fs. 55), actuado con el que se notificó al accionante el 25 de noviembre del citado año (fs. 58).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III.1. Actos contenidos libre y expresamente, causal de improcedencia reglada
- notificaron al accionante el 25 de noviembre de 2013 a horas 11:00
- sí fue notificado Gustavo Adolfo Calvo Ugarte
- REVOCAR en parte