SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S3

Fecha: 05-Dic-2014

1)

Henry Flores Zúñiga, Director técnico del SEDES La Paz, a través de su representante legal, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) De los informes de transparencia se concluyó que se realizaron cobros por concepto de toma de fotografías para la extensión del carnet sanitario, sin instrucción del Director del SEDES y sin la existencia de reglamento o una resolución que autorice el cobro; 2) El informe legal recomendó el inicio de un proceso interno para determinar responsabilidad administrativa y el inicio de un proceso de auditoría para determinar responsabilidad civil; 3) Dentro del proceso administrativo se cumplieron los plazos y procedimientos de acuerdo al DS 23318-A y 26337, lamentablemente en la última etapa la Sumariante salió de vacaciones al ser la única abogada con ítem en la Unidad Jurídica no pudiendo nombrar a un suplente por lo que con una Resolución interrumpieron los plazos procesales hasta la conclusión de sus vacaciones; y, 4) Se emitió la Resolución administrativa final del proceso, del revocatorio y jerárquico determinando responsabilidad de la ahora accionante, posteriormente al no ser notificada personalmente se puso en el panel y los demandados automáticamente no asistieron a su fuente de trabajo, sin embargo, dejaron de asistir a su fuente laboral cuando debieron seguir asistiendo por lo que se emitió el memorando de acuerdo a lo ejecutoriado en el proceso.