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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2014-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2014-S3

    Fecha: 05-Dic-2014

    II.2.

    II.2. De fs. 10 a 31, cursa oficio 2130 de 7 de mayo de 2014, recepcionado en la Unidad de Correspondencia el 8 del mismo mes y año, por el cual el Gerente General de la CNS, da respuesta a la nota de 19 de marzo, presentada por la accionante, concerniente al doble certificado de atención médica extendido por el policlínico de Villa Adela, adjuntando al efecto la nota SRMF-198/2014 de 30 de abril, además de los antecedentes que hacen a lo pedido.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • autora de los hechos
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • improcedencia”
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia consolidada sobre el derecho a la petición
    • a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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