SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2014-S3

Fecha: 08-Dic-2014

III.2.

Debido a que el accionante por intermedio de su abogado, identificó como actos vulneradores de derechos a la Resolución de apertura de proceso administrativo 13/2013; y, la Resolución administrativa gubernamental “CH/N° 234”; se aclara que, el análisis pedido se efectuará, únicamente, a partir de la Resolución jerárquica, en razón a que ella tiene la posibilidad de revisar y/o corregir las determinaciones asumidas por las autoridades de menor jerarquía; por ende, el reclamo de falta de tipicidad y pérdida de competencia de la autoridad sumariante en recibir la denuncia, se realizará previa verificación de su objeción a través de los mecanismos de impugnación previstos en sede administrativa.

De la revisión de obrados se evidencia que, emitida la Resolución de autoridad sumariante 13/2013; y, notificado el accionante con la misma, conforme se mostró en la Conclusión II.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, planteó la incompetencia de la referida autoridad y la prescripción de la sanción (fs. 116 a 132). En prosecución de trámites, se pronunció la Resolución final de autoridad sumariante 26/2013, la cual determinó la suspensión del accionante “…por contravenir al ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria” (sic) (fs. 315 a “308” vta.).