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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2014-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2014-S3

    Fecha: 08-Dic-2014

    I.2.1. Ratificación de la acción

    El abogado de los accionantes reiteró y ratificó  la acción popular presentada. Asimismo, ejerciendo su derecho a la réplica y dúplica (fs. 478 y vta.) en audiencia se ratificó en su petitorio expuesto en el memorial de amparo, sosteniendo que en realidad lo que existe es una pugna de poderes por intereses económicos.

    • acción popular
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • debe dar certidumbre sobre si en efecto se ha vulnerado o está amenazado el derecho colectivo en cuestión y no, que se deduzca o infiera meras presunciones; prueba que, además, por la naturaleza del derecho supuestamente conculcado, exige que se acredite el daño o amenaza que involucre a un número significativo de personas de la colectividad presuntamente afectada
    • CONFIRMAR

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