Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2014
Fecha: 05-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Las audiencias para considerar la cesación a su detención preventiva fueron suspendidas en cinco oportunidades y sin justificación alguna; pese a que la realización del acto implica la erogación de dinero para realizar las notificaciones, escoltas y otros; a pesar de ello, el 2 de septiembre de 2013, nuevamente solicitó audiencia de cesación; sin embargo, hasta la fecha de presentación de esta acción constitucional, la autoridad judicial demandada no resolvió la petición.